Vladimir
Rothschuh
Presionada
la SCJN por los grupos mediáticos afines al viejo orden legalista que
reclamaban del Pleno sentencias veloces semejantes a enchiladas, consiguieron aumentar la dinámica de la Corte
hasta enlistar día a día una treintena de asuntos y desahogarlos con prontitud.
En esa industria hay sentencias trascendentales diluidas, como fue la objeción
de conciencia. La ponencia del ministro Irving Espinosa tocaba a gran parte del
país donde sus autoridades políticas han sido omisas obstruyendo y dilatando la
uniformidad del derecho de las mujeres a decidir sobre sus cuerpos. La Corte
votó mayoritariamente contra las decisiones del personal de salud pública del
estado de Morelos que se niega a realizar abortos alegando sus creencias
católicas o cristianas, abundando los ministros y ministras que si médicos y
enfermeras hacen a un lado su juramento hipocrático, entonces no deben laborar
en esos espacios públicos de salud. Pero
como la ley estatal lo permite, contraria a la federal, la Suprema instruye al
legislativo por segunda ocasión (desacato) a no hacerse guaje con el derecho a
abortar de las morelenses; el valor de
esta sentencia estriba en que radicó exclusivamente en Morelos y no así en las
restantes entidades que criminalizan a las mexicanas por solicitar auxilio en
el sistema nórdico de salud de la 4T, y que es un grueso amplio que integran
Guanajuato, Querétaro, Tabasco, Sonora,
Chihuahua, Durango, Tamaulipas, Nuevo León y Coahuila. La ponencia del
ministro Espinosa obviamente no causó jurisprudencia, habiendo diez situaciones
parecidas en las entidades gobernadas por derechas e izquierdas que
criminalizan a las mexicanas y las empujan a abortar clandestinamente poniendo
en riesgo sus vidas, porque a la par de esa criminalización sanitaria está la
judicial, pues sus denuncias no avanzan en los ministerios públicos. La
Constitución mexicana en cuatro artículos ratifica el derecho de conciencia
para objetar el servicio militar, el aborto, la eutanasia, la transfusión de
sangre, y el fallo de estos días de la Suprema Corte ratificó ese derecho de la
cartilla universal de derechos humanos, con acotaciones sobre la salud de
quienes buscan ayuda en el IMSS, ISSSTE y Secretaría de Salud y no la reciben
porque las leyes estatales son ambiguas a propósito, como lo sigue siendo el
derecho a abortar. La objeción de conciencia es una vara que mide distinto a
una mexicana y a un narcoterrorista; hay infinidad de casos en que los cárteles
llegan a los hospitales públicos y son atendidos sin objeción y sin que se les
denuncie ante las autoridades judiciales. Aquí la objeción de conciencia no
aparece por ningún lado, negándose médicos y enfermeras a tratar a un criminal,
no obstante que a las morelenses se les criminaliza porque buscan ayuda. Morelos
en el 2025 ocupó el primer lugar nacional en feminicidios; la tasa de
asesinatos es alta debido a que es una entidad poblacionalmente baja y la
atención de las autoridades judiciales es casi nula. A la fecha, sigue ocupando
un lugar triste por los altos suicidios de mujeres en cárceles de hombres
(mixtas), siendo bautizado el penal de Atlacholoaya “Cementerio para Vivas”. La
objeción de conciencia, como es una vara para medir conforme a esa conciencia
cristiana que suele darse infinitos golpes de pecho redentores, se caracteriza
en Morelos con una clase política que orgullosa suele besar la mano (sic) a
curas y obispos como ocurría durante el Virreinato. La sentencia de la SCJN
sobre la objeción de conciencia es de alto perfil nacional, pero se ciñó a
Morelos, estando Guanajuato, Querétaro, Tabasco, Sonora, Chihuahua, Durango, Tamaulipas, Nuevo León y
Coahuila en iguales términos, revictimizando a sus mujeres.